viernes, 28 de julio de 2017

SEGURIDAD Y TRANSPARENCIA

El 30 de diciembre de 2006, entró en vigor la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que obliga a las instituciones de gobierno principalmente, informar a la ciudadanía sobre sus actividades, operaciones y utilización de recursos.  A pesar de los magros recursos con que ha funcionado el Instituto de Acceso a la Información Pública, su ímpetu en transparentar las acciones de los entes públicos fue entusiasta en sus primeros años.
A medida que se desbordó la inseguridad y la criminalidad y aumentaron las acciones para combatirla, la inclinación hacia la opacidad por parte de los funcionarios públicos ha ido encerrando en un manto de secretividad las actividades del gobierno lo que ha facilitado la proliferación de operaciones fraudulentas con recursos públicos de la dimensión del desfalco acontecido al Instituto Hondureño de Seguridad Social, entre otros.
Instrumentos como el Decreto No. 418-2013, con el cual el Congreso Nacional de Honduras emitió la Ley para Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y la Defensa Nacional cuyo objetivo es regular los temas que alude la misma ley, han alentado la corrupción.
Conforme su Artículo 3, pueden ser declaradas Materias Clasificadas los asuntos, actos, contratos, documentos, informaciones, datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad y/o defensa nacional, y el logro de los objetivos en estas materias.
El Artículo 4 establece las categorías de clasificación: Reservada, Confidencial, Secreta y Ultra Secreta, consistente con el nivel de daño que causaría revelar la información categorizada.
La clasificación corresponde única y exclusivamente al Consejo Nacional de Seguridad. Los tiempos de desclasificación de la información (Artículo 7) son: Reservada: 5 años; Confidencial: 10 años; Secreta: 15 años; Ultra Secreta: 25 años. Estos plazos pueden aumentar o disminuir teniendo en cuenta las circunstancias y los procedimientos que indica la ley.
El conocimiento, acceso y protección de la información clasificada (Artículo 9) será determinada conforme su nivel, respecto al personal que se calificará, quien tendrá las correspondientes responsabilidades al respecto (Artículos 12 y 14).  
Por su parte, la Ley Especial Sobre intervenciones de la Comunicaciones Privadas, Decreto 243-2011 faculta la intervención de las llamadas telefónicas mediante instrucción judicial. Sólo con las dos leyes señaladas (hay otras regulaciones con cláusulas de confidencialidad), la ciudadanía hondureña se encuentra en situación no recíproca pues, el gobierno aludiendo razones de seguridad, tiene acceso a información de todo tipo con respecto a los ciudadanos en general por medio de diversas dependencias, mientras la ciudadanía encuentra cerradas las puertas para informarse qué está haciendo el gobierno con los recursos que el pueblo le ha confiado.

Es preciso equilibrar el nivel de información entre gobernantes y gobernados. El expediente de la confidencialidad en el gobierno por razones de seguridad no es consecuente con los logros que se han alcanzado en esta materia hasta ahora e infortunadamente son evidentes sus efectos adversos como lo denota la falta de transparencia que nos mantiene fuera de la Cuenta del Desafío del Milenio. 

sábado, 22 de julio de 2017

LEALTAD POLITICA

La lealtad en la política partidista resulta ser un tema que no contempla de manera explícita en Honduras, la Ley Electoral y tampoco los estatutos de los partidos políticos. No existe lealtad por parte de los candidatos electos, ya sea en comicios primarios o en elecciones generales, hacia los grupos de apoyo y electores que creyeron en falsos proyectos políticos y aportaron recursos financieros, materiales y tiempo para favorecer a sus líderes en puestos de elección popular.
Cuando el candidato a un puesto de elección se promueve como un producto de buena calidad para una posición determinada, el electorado que cree en sus promesas confía en que la fecha de expiración del mismo está relacionada con la efectividad que tenga ante sus competidores y que el “producto” continuará en la competencia hasta haber demostrado sus cualidades.
El abandono de la contienda por parte de un candidato electo, en cualquier etapa de la misma, es similar al comportamiento de un desertor que deja el campo de batalla en medio del fragor de la lucha.  Como un producto que apela al consumidor, el candidato debe demostrar su idoneidad, tantas veces como se lance al ruedo político; es decir, siempre.
El candidato electo fallido que no evidencia razones justificadas para burlar la preferencia del electorado irrespeta, menosprecia y traiciona a quienes lo favorecieron con su voto.
Los candidatos electos, sin duda, deben contar con atributos para agenciarse los votos del electorado. Pero eso no debe obnubilarlos a creer que el peso electoral obtenido es el resultado únicamente de sus habilidades y merecimientos y que sus votantes constituyen una suerte de mercado cautivo que los va a premiar con su elección, independientemente del número de veces que los traicionen.

También se juega peor con el electorado, cuando una vez en el cargo, el candidato electo se dedica a negociar, transar o ejecutar acciones en perjuicio de aquellos mismos que lo favorecieron con su voto. O manifiesta un comportamiento neutro. Esta actitud es mucho más nociva que abandonar una candidatura, puesto que, el candidato en lugar de defender los intereses generales se transforma en verdugo de la población y consecuentemente de su propia base política.

miércoles, 19 de julio de 2017

ECONOMIA DE SUMA CERO

Reflejo del inusitado deseo por acceder o retener el poder de una nación, los políticos en general llegan a prometer al electorado, resolver los problemas y las situaciones que le afligen, haciendo caso omiso de las dimensiones espaciales, temporales y financieras de sus intencionadas soluciones, así como de las distorsiones que suelen tener las economías pequeñas y abiertas.
En la práctica, parece más expedito para los gobernantes establecer políticas económicas contraccionistas como aumentar los impuestos, reducir el gasto público, depender de la inversión extranjera, controlar los precios, aumentar excesivamente el salario mínimo, mantener artificialmente el tipo de cambio fijo, reducir coactivamente las tasas de interés, agrandar el costo del servicio de la deuda, incrementar el costo de los servicios públicos y aumentar los subsidios.
Cuando las acciones del gobierno afectan a unos sectores para favorecer a otros, el país se encuentra virtualmente ante una situación de suma cero. Eventuales efectos de las medidas contraccionistas son:
1.       Aumentar impuestos: Reduce el consumo y la inversión de individuos y empresas.
2.       Reducir el gasto público: Disminuye el gasto y la inversión pública.
3.       Depender de inversión extranjera: Basada en concesiones, reduce ingresos y descapitaliza el patrimonio nacional.
4.       Controlar precios de la canasta básica: Favorece a los consumidores, afecta los ingresos y la inversión de productores, principalmente agrícolas.
5.       Aumentar desmesuradamente el salario mínimo: Beneficia a quienes lo reciben, pero provoca desempleo en las empresas que no pueden pagarlo y constituye barrera para nuevos entrantes al mercado laboral aumentando el desempleo total.
6.       Tipo de cambio fijo artificial: Abarata las importaciones y encarece las exportaciones, afectando de nuevo a los productores agrícolas. El ajuste en el valor del tipo de cambio suele manifestar su impacto de rezago.
7.       Reducir coactivamente tasas de interés: Puede beneficiar a los contratantes de préstamos; afecta a los depositantes.
8.       Aumentar endeudamiento: Tres consideraciones: i) Sí el destino es improductivo; ii) El servicio de la deuda compromete el nivel de gasto futuro; iii) Cuando el origen de la deuda proviene de fondos de pensiones, se arriesgan los beneficios de los derechohabientes.
9.       Aumentar el costo de los servicios públicos: Reduce el ingreso de individuos y empresas.
10.    Subsidios: Cuando son de larga duración o permanencia indefinida, beneficia a los desobligados, pero afecta los tributos que deben ser obtenidos de los obligados tributarios.

La lista de arriba y sus repercusiones no es exhaustiva. Hace falta además considerar el efecto adverso en la economía por causa de la corrupción pública, la criminalidad o los choques externos e internos (Ej. Una crisis política). A pesar de todo, los políticos hacen su lista de supermercado de ofertas electoreras. 
Infortunadamente, para crecer más rápido y de manera sostenida, una economía necesita mucho más que escoger los atajos. 

sábado, 15 de julio de 2017

PIRAMIDE DE CORRUPCION

Faltaban 15 días para las elecciones generales. Un grupo de treinta “aportantes” se reunía alrededor del candidato presidencial quien decidió practicar su oratoria frente al escaso grupo y reseñar a su audiencia privada, algunos de sus pensamientos sobre temas fundamentales que concernían al próximo gobierno de la nación.
Cuando el candidato se refirió al tema de la transparencia, con convicción categórica expresó: “En el manejo de la cosa pública, sí no robo yo, no robará nadie”. Los asistentes, algunos de ellos, aspirantes a funcionarios públicos se quedaron viendo unos a otros sorprendidos, perplejos, estupefactos. El planteamiento del candidato parecía tener el sello de un juramento solemne ante el altar de la patria. Quizá, pensaron unos, estamos frente al nuevo José Trinidad Cabañas, un patriota modelo de honradez que fungió como presidente de la República de Honduras entre 1852 y 1855.
Para fortuna del candidato y algunos de sus más cercanos seguidores, se agenció con la presidencia del país. Los acontecimientos que se dieron desde su ascenso al poder anticipaban todo lo contrario al honorable compromiso que había indicado a un reducido grupo de testigos antes de ganar la presidencia de la República. Su desprecio por las leyes y solemnidades para nombrar a sus funcionarios y el descarado mal manejo de los recursos públicos que sobrevino después fueron la pauta que marcó su gestión gubernamental.
El aspirante a imitador de Cabañas resultó magnánimo con algunos de sus principales colaboradores y con todos aquellos que conspiraron fuera del sector público a fin de ejecutar un proyecto para modificar el sistema político-económico del país con el apoyo de gobiernos extranjeros, para detentar ilegalmente el poder por la vía del continuismo prohibido expresamente en la constitución de la República.  Un similar intento, está a punto de concretarse sí el oficialismo gana las elecciones este mes de noviembre.
El ofrecimiento del entonces íntegro candidato antes de las elecciones una vez en el poder cambió a: “Sí yo robo, quienes acompañen mi proyecto político están invitados a hacer lo mismo”. Y ocurrió entre otros casos que, reporteros resultaron dueños de medios; burócratas consumidos, adquirieron propiedades en el extranjero; y esforzados litigantes son ahora renombrados inversionistas y empresarios en el exterior del país.
Hoy, uno de los más conspicuos padrinos del expresidente, ha sido condenado a 9 años y medio de prisión por corrupción. Paralelamente, otro expresidente suramericano ha sido encarcelado al igual que su esposa, también por corrupción, quedando en evidencia que el hurto de los recursos públicos ha escalado a una práctica de 4 manos y a veces muchas más allá, cuando un presidente, al mejor estilo de Alí Babá, comparte el despojo con su familia y allegados.
Una vez que la corrupción es sistémica en un país, roba el jefe de la pandilla y consecuentemente, substraen sus secuaces. Es un cáncer que hace metástasis desde el vértice hasta la base. El asunto, es que los cacos del erario disfrutan sus ganancias con la mayor impunidad, mientras se desvían cuantiosos fondos de salud, educación, vivienda y otras necesidades fundamentales que los gobiernos están obligados a facilitar con los impuestos y la deuda para el bienestar general de la población.

  

miércoles, 12 de julio de 2017

SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA

La sanidad vegetal, la salud animal y la inocuidad de los alimentos son elementos cruciales de la productividad y la competitividad agroalimentaria de un país y responden a las reglas que prevalecen en el comercio interno e internacional.
La preocupación por el consumo de alimentos sanos ha estado presente en la actividad humana. En Europa, hacia la Edad Media, ya existían reglas de inocuidad para 6 productos: cerveza, vinos, quesos, huevos, salchichas y pan.
La aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias es manejada a nivel mundial por las denominadas tres  hermanas: La Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), la Comisión Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) y la Comisión del Codex Alimentarius, que atiende el tema de la inocuidad alimentaria. A éstas se suma la Organización Mundial del Comercio, que   cuenta con un Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.
Honduras mantiene, a nivel internacional, compromisos vinculados a las resoluciones del Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria del OIRSA.
Adicionalmente, Honduras mantiene obligaciones en sanidad agroalimentaria por medio de 10 tratados de libre comercio (TLC) que involucran a 40 países. Todos los TLC prevén capítulos relativos a la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias. Más allá de los TLC, las actividades de exportación e importación de insumos y productos agropecuarios están sujetas a otras  normas como Reglamentos Técnicos Centroamericanos (RTCA), aprobados por resolución en las Reuniones del Consejo de Ministros de  la Integración Económica (COMIECO). Los RTCA abarcan temas como certificación de productos y establecimientos; registros sanitario de alimentos; productos lácteos; etiquetado de plaguicidas; medicamentos veterinarios; la lista de rubros que no necesitan certificado de exportación en el comercio centroamericano, etc.
El Estado de Honduras mantiene, además, regulaciones internas para garantizar la salud de los animales y de las plantas y la inocuidad de los alimentos. La responsabilidad en aplicarlas se distribuye entre la Secretaría de Agricultura y Ganadería; la Secretaría de Salud; la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas;  la Secretaría de Desarrollo Económico; y la Secretaría General de Gobierno de donde dependen los organismos de calidad y acreditación.
Aun cuando la cúspide de la pirámide de los asuntos de sanidad agroalimentaria es la salud humana, pueden diferenciarse dos ámbitos claves en su consideración: lo relativo a la salud animal y sanidad vegetal por un lado y por otro,  lo correspondiente a las zoonosis (enfermedades transmitidas por animales a los humanos) y enfermedades transmitidas por alimentos (ETA).  
Las principales normas nacionales en sanidad agropecuaria son: los decretos 157-94 y  344-2005, denominados Ley Fitozoosanitaria, sus reglamentos y sus resoluciones derivadas.
Al Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA), dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería corresponde la aplicación de la Ley Fitozoosanitaria para lo cual cuenta con la estructura organizacional prevista al respecto.
Existen parámetros estándar establecidos por los organismos sanitarios de referencia mundial para determinar el número de profesionales veterinarios, ingenieros agrónomos, microbiólogos y de otras profesiones que se requieren por ejemplo para atender las actividades de vigilancia, control y erradicación de plagas o enfermedades o para conocer los niveles de incidencia o prevalencia de éstas. Los mismos están vinculados al número, distancia y concentración de las poblaciones animales, vegetales y de establecimientos. Tal información se deriva de los censos agropecuarios, las encuestas agrícolas, los censos de establecimientos e incluso los registros de las asociaciones de productores. Estudios a nivel de cadenas por  rubro permiten conocer en forma precisa los desafíos en cuanto a sanidad agroalimentaria, que enfrentan los productores.
Un expediente cada vez más utilizado por los servicios agrosanitarios para cumplir con sus responsabilidades consiste en la acreditación, delegación y autorización de servicios en personas naturales y jurídicas privadas.  Para ello, estos servicios deben contar con los mecanismos, sistemas y procedimientos para asegurarse mediante supervisión  que las actividades tercerizadas son desempeñadas apropiadamente.
Más vinculado con el exterior se encuentran las acciones de cuarentena. La necesaria vigilancia permanente de las fronteras impide que ingrese una plaga o una enfermedad que ponga en peligro el estatus sanitario prevaleciente en el país. Para ello sirven los análisis de riesgo. Las inspecciones y certificaciones, evitan los rechazos, decomisos y la destrucción de productos que se exportan.
Los socios comerciales de Honduras son cada vez más exigentes con las cuestiones de inocuidad. La reciente Ley de Modernización de Inocuidad de Alimentos que entrara en vigencia total en 2016 establece nuevos requisitos de inspección, registro y trazabilidad, entre otros, para garantizar la seguridad de los alimentos importados por los Estados Unidos de América.
Por su importancia, el Gobierno de Honduras,  los productores de bienes agrícolas y agroindustriales y los procesadores de alimentos, están compelidos a fortalecer la sanidad agroalimentaria para garantizar la seguridad de los alimentos de consumo interno, así como la admisibilidad de los productos y la ampliación de mercados en el exterior.  

El estatus sanitario de un país permite acceso a mercados o contribuye al cierre de los mismos. Un apropiado sistema de sanidad agropecuaria requiere de: 1) Un servicio oficial moderno y fortalecido con recursos de todo tipo: 2) Productores informados e interesados en la seguridad  alimentaria; y 3) De regulaciones actualizadas que se respeten y se hagan cumplir.

jueves, 6 de julio de 2017

INTEGRACIÓN NACIONAL

En la administración pública de un país, aun cuando un partido determinado haya alcanzado la mayoría en las elecciones a nivel presidencial, por razones políticas, sociales, económicas y estratégicas debe respetarse el principio de integración en el manejo de la cosa pública. Con mayor razón donde no se cuenta con recursos humanos preparados suficientes para encarar los problemas y exigencias de una nación en vías de desarrollo.
La Constitución de la República de Honduras estipula respecto a la integración nacional: “Artículo 5. El Gobierno de la República debe sustentarse en los principios de la soberanía popular, la autodeterminación de los pueblos y la democracia participativa, de los cuales se derivan la integración nacional, que implica participación de todos los sectores políticos en la Administración Pública, la estabilidad política y la paz social…” Por su parte, la Ley de Servicio Civil expresa en el Artículo 1, numeral 2. “Ofrecer iguales oportunidades para servir en la administración pública, a todos los hondureños, conforme a su idoneidad y aptitudes, independientemente de su sexo, raza, credo religioso, filiación política o clase social.”
Durante los 8 gobiernos sucedidos desde enero de 1982, la Corte Suprema de Justicia ha sido integrada con representantes de las mayores fuerzas políticas país, sin mayor concesión por parte de los partidos que resultaron menos favorecidos por los votantes. Todos los gobiernos, con excepción del actual, integraron individuos de los partidos de oposición en sus cuadros a nivel ministerial en el gobierno central o como titulares de organismos descentralizados.
El toma y daca ha ascendido a su máxima expresión cuando cada espacio en los 3 poderes del estado y sus agencias debe ser negociado a cambio de al menos atender de manera incondicional la voluntad de los grupos que detentan el poder y han establecido como hoja de ruta perpetrarse en él. Peor aún. La inversión y los proyectos sociales están dirigidos a beneficiar correligionarios; no a la población en general.
Integrar la nación no consiste en esparcir migajas para aliviar el apetito de aquellos ávidos de poder ficticio o urgidos en elevar el nivel de sus necesidades básicas.

La integración nacional puede necesitarse en cualquier momento. Cuando menos se espera. Puede ser por causa de catástrofe; amenaza interna o externa. La integración de una nación constituye eventualmente, la base de su existencia. 

lunes, 3 de julio de 2017

INVERSION Y FIDEICOMISOS

El coeficiente inversión-producto es clave en la determinación del crecimiento económico y las medidas de política económica que contribuyen a aumentar la inversión nacional y extranjera son  determinantes en la consecución de un crecimiento económico más acelerado. En junio de 2017 la inversión de las Alianzas Público-Privadas (APP) alcanzó US$ 1, 130,000.000.00.

La economía hondureña, requiere de acciones que contribuyan de forma rápida a estimular la inversión y aumentar la producción, así como generar empleos de calidad para una población que no cuenta con los ingresos necesarios para cubrir las necesidades básicas.

Las inversiones en infraestructura, producción y tecnologías de información son necesarias para avanzar hacia una mayor competitividad de los productos y servicios hondureños.

El expediente de atraer inversión por medio de concesiones en APP constituye una opción. El arribo de recursos externos importantes y el redestino de ahorros nacionales que no arriesguen sus fuentes, puede contribuir al crecimiento económico. El fideicomiso público, constituye el manejo de recursos aportados por el Gobierno y administrados por una institución fiduciaria, en este caso, para estimular la inversión.

Son 3 los elementos del fideicomiso público: el fideicomitente, que aporta los recursos financieros; el fiduciario que en Honduras debe ser un banco y administra los fondos conforme a las instrucciones del fideicomitente; y los fideicomisarios o beneficiarios.

La administración de fideicomisos públicos en Honduras, antes se concentró en entidades públicas como el Banco Central, el Banco Nacional de Fomento (BANADESA) y el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda.

A partir de los años 90 del siglo pasado, comenzó el auge de la administración de fideicomisos públicos por parte de la banca privada. Aun así, existen fondos con características propias de un fideicomiso público que no son administrados por bancos.

Con la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada (Decreto 143-2010) se ha dado un mayor impulso a la participación público-privada en la contratación, ejecución y administración de obras y servicios públicos estimulando una mayor inversión nacional y extranjera en el desarrollo económico y social de Honduras.

De conformidad con COALIANZA, las inversiones resultantes de las concesiones otorgadas por medio de fideicomisos públicos generarán 35,000 empleos directos e indirectos. Dado que la mitad de la inversión se destinará a TIC, se anticipa que los empleos generados serán de alta remuneración.

De los 22 contratos de fideicomiso suscritos e impulsados por COALIANZA mediante concurso en 2012, se suscribieron 4; en 2013, 9; y en 2014, 9 contratos de fideicomiso.


En términos de las actividades económicas que impulsan los fideicomisos 18 se concentran en infraestructura (transporte, energía, edificios y tecnologías de información y comunicaciones, TIC); 3 en servicios; y 1 en agroindustria.

Los actores principales de los fideicomisos son: Fideicomitentes: COALIANZA y el propietario de los bienes y servicios públicos y sus rendimientos;    Fiduciarios: 19 fondos son administrados por igual número de fiduciarios; 1 fondo, por 3 fiduciarios;  Fideicomisarios: los beneficiarios del fideicomiso.
Inversionista-Operador Privado: El que adquirirá los bienes y servicios en concesión hasta por 30 años.
Comité técnico: Quien establecerá las reglas operativas y técnicas a seguir por parte del fiduciario.
Supervisión: Establecida fundamentalmente para obras de infraestructura y que toma la forma de una comisión o de una unidad ejecutora.
Comisión de Seguimiento: Conformada por representantes de las comunidades, fuerzas vivas y municipalidades, según el caso, para la escogencia del Inversionista.

Algunas características transversales de los fideicomisos de COALIANZA son:
1.    Han sido contratados para un plazo de 30 años y los ejercicios fiscales serán de un año iniciando el 1 de enero.
2.    Existen fases: para estructuración de la oferta, ejecución y administración de las obras o servicios.
3.    La Comisión para el fiduciario por administración sobre el ingreso bruto que genere la actividad  en 8 casos es fija y en los otros 14, es decreciente a medida que  los ingresos brutos aumentan, llegando incluso hasta 0%. La tasa más alta es de 4.499%.
4.     Las masas fiduciarias están fijadas en dólares de Estados Unidos de América. 
5.  Los riesgos financieros y de operación de los fondos son trasladados por el fiduciario al Inversionista.
6.  Se establece para el fiduciario la posibilidad de subcontratar e incluso crear fideicomisos derivados, en casos aprobados por el Comité Técnico.
7.       Existen multas para cuando el fiduciario no cumpla diligentemente sus obligaciones.
8.       Se prevén cláusulas de integridad para el fiduciario.
9.   Tres fideicomisos otorgan al sindicato de la empresa concesionada, la primera opción para adquirir el 49% de la participación en la inversión (único caso de capital popular).
10.   La complejidad de la operación prevista para el fideicomiso determina el número de cláusulas de los contratos oscilando entre 9 y 36.

Los fideicomisos públicos:
-Han sido una opción cincuentenaria utilizada por el Gobierno de Honduras para impulsar el desarrollo.
-Han sido utilizados en mayor medida por bancos públicos.
-La banca privada hace unos 20 años, ha tomado terreno en el campo de la administración de fideicomisos públicos.
-Facilitan eludir regulaciones aplicables a la administración general de fondos y adquisiciones con recursos públicos.
-Sin control, son proclives a una opaca transparencia.