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domingo, 19 de mayo de 2024

SISTEMA ECONOMICO

 

La Constitución de la República de Honduras en El TITULO VI, DEL REGIMEN ECONOMICO, CAPITULO I, DEL SISTEMA ECONOMICO estipula:

“Artículo 330. La economía nacional se sustenta en la coexistencia democrática y armónica de diversas formas de propiedad y de empresa.

Artículo 331. El Estado reconoce, garantiza y fomenta las libertades de consumo, ahorro, inversión, ocupación, iniciativa, comercio, industria, contratación, de empresa y cualesquiera otras que emanen de los principios que forman esta Constitución. Sin embargo, el ejercicio de dichas libertades no podrá ser contrario al interés social ni lesivo a la moral, la salud o la seguridad pública.

Artículo 332. El ejercicio de las actividades económicas corresponde primordialmente a los particulares. Sin embargo, el Estado por razones de orden público e interés social, podrá reservarse el ejercicio de determinadas industrias básicas, explotaciones y servicios de interés público y dictar medidas y leyes económicas, fiscales y de seguridad pública, para encausar, estimular, supervisar, orientar y suplir la iniciativa privada, con fundamento en una política económica racional y planificada.

Artículo 333. La intervención del Estado en la economía tendrá por base el interés público y social, y por límite los derechos y libertades reconocidos por esta Constitución.

Artículo 334. Las sociedades mercantiles estarán sujetas al control y vigilancia de una Superintendencia de Sociedades, cuya organización y funcionamiento determinará la ley. Las cooperativas, lo estarán al organismo y en la forma y alcances que establece la ley de la materia.”

Según el Informe Estadístico del Subsector Eléctrico 2019, algunos datos relevantes de la empresa BELCO para ese año fueron:

Nombre: Bonacco Electric Company

Ubicación: Guanaja, Islas de la Bahía

Estatus: Sistema aislado

Potencia instalada: 2.35MW

Generación: 5.87 gWh

Demanda: 1,100 KW

Clientes conectados: 1807

El gobierno utilizó la Ley General de la Industria Eléctrica (Acuerdo SEN-41-2024), para intervenir a BELCO. En la ley, la intervención se basa en el Articulo 8B que dice:

“Artículo 8B. INTERVENCIÓN DE LAS EMPRESAS. La Secretaría, previa opinión de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), puede acordar la intervención de cualquier empresa de generación, transmisión o distribución cuya situación o desempeño amenace afectar la continuidad o seguridad del servicio. A estos efectos serán causas de intervención de una empresa las siguientes:

I.                    La suspensión de pagos o quiebra de la empresa;

II.                La gestión irregular de la actividad, cuando le sea imputable y pueda dar lugar a su paralización, con interrupción del suministro a los usuarios;

III.            La grave y reiterada falta de mantenimiento adecuado de las instalaciones, que ponga en peligro la seguridad de las mismas. En el procedimiento sancionatorio que dé lugar a la intervención, deberán acreditarse los incumplimientos que la motiven. La intervención será una medida temporal y cesará cuando la empresa intervenida esté nuevamente en condiciones de prestar el servicio. La intervención no podrá exceder un plazo de dos (2) años.”

La electricidad es la quinta actividad más importante en la economía de Honduras. No se encontró disponible un estudio sectorial de la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia a fin de conocer el nivel de concentración para las empresas que participan en cualquier etapa de la producción, transporte y consumo de energía eléctrica.

La intervención no solo debe atender a una base legal existente. También debe considerar elementos de procedimiento que lucen ausentes en la adopción de este tipo de medidas que tienen repercusiones en las percepciones de los agentes económicos. Tampoco una especie de plebiscito de consumidores está previsto como argumento causal en la acción ejecutada. Es un precedente delicado.

 

domingo, 26 de marzo de 2023

DESAFIOS AGRICOLAS

 

La Federación Nacional de Ganaderos y Agricultores de Honduras, FENAGH, recientemente eligió nuevos directivos. Su presidente, Ingeniero Héctor Ferreira Sabillón plantea tres prioridades:

1.     Financiamiento

2.     Cambio climático

3.     Levantar autoestima de productores para competir en los mercados.

En 2023 entrarán libres los productos incluidos conforme al calendario de la lista de desgravación de subpartidas arancelarias negociadas por Honduras en el CAFTA-RD.

El último censo nacional agropecuario de Honduras se refiere al año 1993. Durante 30 años, la ausencia de estadísticas censales ha afectado el conocimiento detallado de la actividad económica más importante del país en términos de generación de empleo, producto interno bruto sectorial ampliado y exportaciones. También dificulta la formulación de políticas, proyectos y programas para impulsar su crecimiento y desarrollo.

El contexto que enfrenta la agricultura hondureña se observa cargado de retos que efectivamente requieren de esfuerzos que quizá nunca se habían conjugado para enfrentar la amenaza inminente a esta actividad económica. Y desde luego, precisa iniciar en algún punto con la facilitación del gobierno.

La lista de retos abarca sin ser exhaustiva:

i)                El impacto de la crisis inflacionaria mundial provocado primero por la pandemia de COVID19 y la irrupción en las cadenas de valor a nivel mundial y luego por el conflicto Rusia-Ucrania que no da visos de resolverse pronto después de rebasado un año.

ii)              La amenaza de una recesión mundial con raíces en el tema sanitario (2020), bélico (2022) y ahora exacerbado por crisis financiera (2023) de importantes bancos internacionales.

iii)            El resurgimiento de plagas y enfermedades de carácter sanitario (fitosanitario y zoosanitario) así como de males nuevos unos (viruela del simio) y otros que se creían erradicados como la tuberculosis y poliomielitis.

iv)            La inclinación política-ideológica a nivel internacional a la que Honduras se está integrando que atenta contra el crecimiento económico por dar paso a medidas populistas que desaniman el clima de negocios.

v)              La escasez de mano de obra agrícola por la emigración que continúa y arreciará en la medida que se deterioren rápidamente las condiciones económicas y sociales de Honduras.

vi)            La decisión política de sustituir socios económicos y comerciales de Honduras, sin demostrar la mejora costo/beneficio de tales decisiones y provocando ajustes inesperados y la búsqueda de nuevos mercados.

vii)          La amenaza de los efectos de los desastres del cambio climático frente a la desidia y negligencia pública de adoptar las apropiadas medidas de previsión y mitigación.

viii)        La nula preocupación por atender la ciencia y tecnología evidenciada por la ausencia de partidas identificables al respecto dentro del presupuesto nacional de la República 2023.

ix)            La intención de elevar ingresos fiscales en condiciones adversas sobre los agentes económicos, sin especificar el destino que se dará a ingresos que, en condiciones económicamente deterioradas, dudosamente incrementarán.

x)              La complacencia generalizada para proceder a detener las amenazas a la seguridad jurídica y ciudadana, que aumentan el riesgo a la agricultura que intrínsecamente es de naturaleza arriesgada.

Los desafíos actuales de la agricultura hondureña van mucho más allá de sus connotaciones económicas; constituyen una tarea suprema y de atención urgente. La carestía de productos agrícolas y su vinculación con la alimentación, la salud y el bienestar en general de la población hondureña debe ser un asunto de apropiado tratamiento por parte de la sociedad hondureña y fundamentalmente por aquellos responsables de adoptar las decisiones necesarias.