sábado, 18 de diciembre de 2021

TONCONTIN

 

La premisa de una propuesta inicial sobre Toncontín es que continúe siendo un aeropuerto de vuelos nacionales tal cual empezó hace 100 años. Pasaron 13 años para que el primer vuelo internacional aterrizara en el aeropuerto en 1934. Toncontín, también podría acoger vuelos regionales centroamericanos de aeronaves pequeñas y medianas sumándose a la propuesta de los presidentes Bukele y Giammattei para El Salvador y Guatemala, en enero de 2020.

Además de aduana multimodal y terminal de carga, una vez elaborados los estudios de factibilidad pertinentes, puede convertirse en un centro de vuelos nacionales (HUB) de personas y carga desde luego con un incremento sustancial de pasajeros locales y turistas adicionales a las rutas existentes y para aquellas que demuestren ser rentables.

Honduras cuenta con 25 aeródromos distribuidos en los 18 departamentos ubicados así: Dos departamentos cuentan con 3; tres departamentos con 2; y el resto de los departamentos con un aeródromo. Las pistas disponen en promedio de 891 m. con un mínimo de 640m.  y un máximo de 2400 m. de largo. En cuanto a su ancho el promedio es de 17.4 m. con un mínimo de 7m. y un máximo de 45 m.

Ocho aeródromos cuentan con asfalto o concreto asfáltico y el resto son de tierra, grama, grava, arcilla o la combinación de tal condición o materiales.

La clave de la sostenibilidad de Toncontin como aeropuerto de vuelos nacionales estará en el volumen de pasajeros y carga proveniente de/hacia los aeródromos que harían posible la operación financiera del aeropuerto. Para ello se necesitarán estudios de demanda para las ciudades donde se encuentran ubicados. Es probable que los precios de pasajes y kilos de mercancía, las distancias, así como la frecuencia de los itinerarios serán cruciales para motivar a la población y a las empresas para hacer uso del modo de transporte aéreo versus el terrestre teniendo en cuenta las economías de tiempo y el menor riesgo en el desplazamiento aéreo.

Una vez dimensionada la demanda potencial, tomando en cuenta las rutas nacionales existentes, el siguiente paso será determinar los niveles de inversión que requerirán los aeródromos y sus terminales para hacerlos operables, atractivos y viables con una actividad cotidiana de vuelos.

Luego habrá que determinar quién se hará cargo de la operación de Toncontín con su renovada actividad basada en tráfico aéreo nacional. Esta responsabilidad podrá recaer en una Asociación Público-Privada, en la que participen entes gubernamentales y actores privados interesados. Es deseable, que en la nueva dimensión local de la categoría del aeropuerto Toncontin, la Alcaldía de Tegucigalpa asuma un rol protagónico en el proyecto.

 

miércoles, 8 de diciembre de 2021

APROBACION DE LEYES Y TOMA DE DECISIONES


Luego de un prolongado período de excesos en la gestión legislativa, su aplicación y cumplimiento, el pueblo hondureño ha enviado en las recientes elecciones generales un mensaje claro a quien corresponda de rectificar en este ámbito para recuperar el derecho, la justicia y el imperio de la ley.

La actual lucha por continuar interviniendo en el Congreso Nacional indica que existe aviesa intención en seguir controlando desde este Poder del Estado, decisiones claves para perpetuar el statu quo. Rescatar el rol del congreso es condición sine qua non, para enderezar el rumbo de la República.

Varias acciones corresponde realizar para recuperar los espacios perdidos. Iniciando con observar los estipulado en el Artículo 206 de la Constitución que indica las facultades del Poder Legislativo son indelegables.

Una vez integrado el Congreso y nombrada su junta directiva, la planificación del trabajo legislativo, tomando en cuenta las cuotas de poder que queden definidas al 21 de enero de 2022, tendrá que considerar de manera diferenciada aquello que corresponde con 65, 86 y 96 votos del total de los diputados.

Con la mitad más uno (1/2+1), 65 votos de la totalidad de sus miembros el Congreso Nacional puede de acuerdo a la Constitución:

1.     Instalarse y celebrar sesiones. (Artículo 192).

2.     Tratar leyes y asuntos ordinarios. (Artículo 5).

Con dos tercios (2/3), 86 votos de la totalidad de sus miembros para asuntos constitucionales:

1.     Aprobar tratados internacionales que afecten una disposición constitucional. (Artículo 17).

2.     Cualquier tratado o convención que celebre el Poder Ejecutivo referente al territorio nacional. (Artículo 20).

3.     Elegir miembros del Consejo Nacional Electoral. (Artículo 52).

4.     Elegir Comisión Permanente del Registro Nacional de las Personas. (Artículo 43-A).

5.     Elegir el Tribunal de Justicia Electoral. (Artículo 54).

6.     Interpretar la Constitución de la Republica en sesiones ordinarias en una sola legislatura. Por este procedimiento no podrá interpretarse los artículos 373 y 374 constitucionales. (Artículo 205, numeral 10).

7.     Elegir los Miembros del Tribunal Superior de Cuentas, Procurador y Subprocurador General de la República, Magistrados del Tribunal Supremo Electoral, Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto, Procurador y Subprocurador del Ambiente, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Superintendente de Concesiones, Director y Subdirector del Registro Nacional de las Personas. (Artículo 205, numeral 11).

8.     Veto. Cuando el Ejecutivo devolviere el proyecto, el Congreso Nacional lo someterá a nueva deliberación, y si fuere ratificado por (2/3) dos tercios de votos, lo pasará de nuevo al Poder Ejecutivo, con esta fórmula: "Ratificado Constitucionalmente" y, éste lo publicará sin tardanza. (Artículo 216).

9.     Elegir Fiscal General y Fiscal General adjunto. (Artículo 233).

10. Crear o suprimir un organismo descentralizado. (Artículo 261).

11. Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial. (Artículo 317).

12. Creación y funcionamiento de Zonas sujetas a régimen especial. (Artículo 329).

13.Reformar la constitución. (Artículo 373).

14. Incautación de bienes por enriquecimiento ilícito. (Artículo 375).

Con (3/4), 96 votos de la totalidad de sus miembros para:

1.     Cualquier tratado o convención que celebre el Poder Ejecutivo referente al territorio nacional. (Artículo 20).

2.     Juicio político: Cuando la denuncia fuere contra el Presidente de la República la tramitación del proceso de enjuiciamiento y su destitución debe ser aprobada por las (3/4) tres cuartas partes de la totalidad de los diputados, en los demás casos será por (2/3) dos tercios de la cámara. (Artículo 234).

Encarrilar el descarrilamiento legislativo de 12 años no será tarea fácil. Sin embargo, es un asunto impostergable para retornar a la normalidad legal.

lunes, 22 de noviembre de 2021

CLIENTES Y POLITICA

 

“El cliente siempre tiene la razón”, expresión cliché atribuida al norteamericano Harry Gordon Selfridge (1909) fundador de la tienda por departamentos Selfridges en Londres.

El interés por mantener clientes satisfechos ha inducido la creación de espacios de servicio al cliente y otros esquemas para mantenerlo satisfecho y perpetuar su lealtad. Por otro lado, la tiranía del comprador en ciertos casos ha generado la actitud de los establecimientos a proteger sus empleados frente a la conducta inconsecuente de clientes difíciles.

En el otro extremo hay indicaciones de que los negocios se encaminan hacia la tiranía del vendedor. Y los clientes están enfrentando otra realidad al lidiar con situaciones cada vez más incómodas al adquirir los bienes y servicios que necesitan, sujeto a la discrecionalidad y ‘políticas’ de quienes los venden. 

En el ámbito hondureño suele encontrarse situaciones de equívoca percepción sobre el criterio del cliente respecto a lo que busca, gusta y necesita oportunamente. Es usual en farmacias donde al paciente, receta en mano, se le ofrece un medicamento genérico o de “similares propiedades” al indicado por el médico. Esta manipulación al comprador mediante el atractivo de un precio inferior se extiende a otros negocios que expenden productos de consumo masivo.

En tiendas, restaurantes y bancos es usual encontrar que el ‘menú´ ofrecido es extremadamente rígido. El empleado con quien se interactúa, ante una propuesta del potencial comprador puede reaccionar con una respuesta impertinente: “Es lo que hay”       que se traduce en tómelo o déjelo.

Entidades encargadas de aplicar las leyes para proteger al consumidor o garantizar la libre competencia cuentan con recursos limitados para atender el derecho de elección de los compradores, por lo que las circunstancias que enfrentan los clientes se vuelven casuísticas y destinadas a ser resueltas al momento de pago.

Una conciliación entre el afán de venta de los oferentes y el respeto a los derechos de los demandantes debe ser considerado por los negocios para garantizar la ‘salud’ de los mismos reduciendo tiranteces con los consumidores.

Un cliente sistemáticamente maltratado se tornará en comprador insatisfecho para el establecimiento/cadena que lo ha agraviado. Y, en la era de la denuncia por las redes sociales, los afectados propalarán su ofensa al mayor número de personas posible.

Extrapolado al campo político, clientes son los partidarios y simpatizantes de una propuesta de gobernabilidad. Un gobierno provee: liderazgo, mantiene el orden, servicios públicos, seguridad nacional, seguridad económica y asistencia económica.

Aparte de las contribuciones en metálico y especie para el partido y los candidatos de su simpatía, el cliente aporta trabajo político no remunerado y lo más importante, el voto.

Una diferencia con el mercado de bienes y servicios es que los clientes (electores) son compradores y socios a la vez. ‘Compran´ la propuesta del candidato y sí éste gana es posible acceder a retribuciones que otorga un partido en el poder como empleo o acceso privilegiado a beneficios no laborales, incluyendo negocios sin licitación; acceso favorable a bienes y servicios públicos; y aplicación favorable de leyes y justicia. En cambio, votantes de candidatos perdedores, aparte de pagar impuestos y cargos que aplique el gobierno podrían recibir a cambio un tratamiento sectario insoportable.

Otra diferencia del cliente político es que, sí no le gusta el establecimiento deja de vincularse con él. En política, el cliente insatisfecho soporta un gobierno incómodo o emigra del país.

 

martes, 9 de noviembre de 2021

DESMANTELAR LA OPTIMIZACION

 

A días de las elecciones generales de 2021, los candidatos presidenciales y sus equipos de trabajo deben considerar qué hacer con uno de los adefesios jurídicos más dañinos emitidos, que ha estado en vigencia los últimos 7 años y ha permitido los mayores abusos de la administración pública en la historia de Honduras.

La Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de enero de 2014 bajo del número 33, 336, contra los objetivos enunciados en la misma, provocaron la mayor concentración de poder; opacidad; burocracia; abuso; e indefensión de los últimos 70 años.

Para materializar las intenciones de sus proponentes, legisladores y quienes la aprobaron contiene una serie meticulosa de derogaciones tácitas, modificaciones, creaciones y desviaciones que incluyen leyes mencionadas o no en el texto de su cuerpo.

La ley de optimización administrativa ha modificado los siguientes estamentos jurídicos:

1.     Constitución de la República

2.     Ley General de la Administración Pública

3.     Ley de Procedimientos Administrativos

4.     Ley de Contratación del Estado

5.     Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo

6.     Ley Orgánica del Presupuesto

7.     Ley orgánica de la Procuraduría General de la República

8.     Ley del Tribunal Superior de Cuentas

Sus inocentes objetivos en 3 considerandos se resumen a:

1.     Prestar servicios administrativos más ágiles.

2.     Disuadir y reducir las demandas contra el Estado.

3.     Modernizar la legislación de contratación, transparencia y rendición de cuentas.

El fundamento de dicha ley parte de reformas a la Ley General de la Administración Pública, en la cual se concentra este artículo, y su característica fundamental es el otorgamiento de superpoderes discrecionales al Presidente de la República. Aquí se resalta solo parte de su articulado. 

Por ejemplo, el Artículo 2 introduce a organismos de derecho privado como auxiliares de la administración pública; el Artículo 3 establece los criterios para la creación, modificación y supresión de órganos públicos con base en análisis de factibilidad que considere costos, rendimientos y ahorros previstos. Se prohíbe la duplicación de organismos. El Artículo 4 concede la potestad del Artículo 3 al Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, sustrayéndola del Congreso Nacional.

El Artículo 5 establece el fortalecimiento del estado de derecho. El Artículo 12 crea gabinetes sectoriales y otorga al presidente la definición de las funciones de las secretarías de estado, separándola del Congreso. El Artículo 12 otorga al Presidente la potestad de crear comisiones y designar autoridades para fines discrecionales; el Articulo 15, surge para crear gabinetes sectoriales. El Artículo 22, numeral 7) aprobar la prestación de servicios a través de organismos de derecho privado y numeral 8) modificar el presupuesto general de ingresos y egresos.

En el Artículo 53, las empresas públicas pueden ser mercantiles; en Artículos 98, 99, 100, 101, 102 y 113 se impulsó la integración de numerosas comisiones interventoras en organismos públicos; en Artículo 124-C, empleados con acuerdo de organismos que se supriman, dividan o fusionen, conservarán derechos adquiridos y serán reasignados.

Para retornar a los pesos y contrapesos, así como racionalizar el gasto público, el próximo gobierno debe minimizar por la vía de derogación, modificación y adecuación esa ley que ha estimulado el aumento de la empleomanía, burocracia y abusos en general. La duplicidad de funciones se ha incrementado; el suministro de servicios se ha atomizado en numerosas agencias despilfarrando recursos escasos. Se puede calcular el costo/beneficio del optimizador instrumento, sí se prefiere. Con objetivos opuestos a las prioridades del país la primera tarea del próximo gobierno será corregir los entuertos exaltados por esa ley. O sea, minimizar la optimización de maldad.

sábado, 30 de octubre de 2021

LA TRANSPARENCIA EN HONDURAS

 HALLAZGOS CLAVE • El acceso a información pública es un derecho, reconocido tanto en convenciones internacionales, la legislación nacional y en general en las políticas públicas de muchos países. No obstante, está en debate los alcances de la denominada “información limitada” o de “acceso reservado”, especialmente la relativa a las áreas de defensa y seguridad. • Honduras asume como obligatoria la transparencia activa y el principio de máxima divulgación de la información, estableciendo que todas las instituciones que administren recursos públicos están obligadas de oficio a la publicidad de la información y a facilitar el acceso a través de portales web y cualquier otro mecanismo. Existe un Portal Único de Transparencia que, al cierre del periodo de estudio, contenía información de 206 instituciones obligadas. • Para facilitar las peticiones del acceso a información por parte de la ciudadanía, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) creó y administra un Sistema de Información Electrónico de Honduras (SIELHO). El sistema no está automatizado y por lo tanto no arroja estadísticas de manera directa, ni ningún otro cruce para analizar la demanda de transparencia pasiva. Desde los informes anuales del IAIP, en el 2016 y 20172 se presentaron un total de 5,751 solicitudes de acceso a información pública ante las instituciones directamente obligadas, no obstante no se tienen datos desagregados para las carteras de defensa y seguridad. • La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) es el instrumento nacional que define lo concerniente a las restricciones del derecho de acceso a información y ha desarrollado políticas y estándares a través del IAIP para la clasificación y desclasificación de la información reservada. No obstante, el gobierno de Honduras en los últimos años ha dictado contrarreformas normativas de secretividad de la información sin considerar los lineamientos del IAIP y generando de forma expresa un manto de oscuridad para la información pública de las carteras del sector defensa y seguridad (incluyendo la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas) y que ha ido extendiendo a otras áreas no relacionadas en 18 instituciones civiles. • Acceder a datos de las fuerzas armadas es una tarea difícil dada la vigencia de marcos legales que establecen criterios restrictivos para denegar la información solicitada. Algunas de las leyes restrictivas son la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional, Ley de Inteligencia Nacional, Ley de Seguridad Poblacional y la Ley de Fideicomiso para la Administración del Fondo de Protección y Seguridad Poblacional. • Las contrarreformas en materia de acceso a información tienen la característica de estar centralizadas en el Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), los cuales asumen las facultades del IAIP de clasificación y desclasificación de información. • Estos retrocesos en el derecho de acceso a información pública han generado opacidad sobre las políticas, programas, proyectos, compras y contrataciones y otros asuntos en las carteras de defensa y seguridad, afectado la capacidad investigativa sobre casos de corrupción y violaciones de derechos humanos, y limitado significativamente la auditoria social de la ciudadanía.

• La información obligatoria de las Secretarías de Estado de Defensa y Seguridad, del Ministerio Público y del Poder Judicial no están disponibles en sus páginas institucionales como tal, pero sí a través del Portal Único de Transparencia del IAIP, lo cual es una limitante para el usuario de información que acude a la fuente directa de los datos. • También se detectó que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas de Honduras no tienen información alguna publicada en el Portal Único sobre la información requerida de oficio. Igualmente, para estas instituciones no aparece el índice requerido por la ley sobre temas declarados bajo reserva y clasificación de información. • Salvo el caso de la Policía Nacional, ninguna de las instituciones de los sectores defensa, seguridad y justicia cuenta con bases de datos de información automatizadas. La no automatización de las estadísticas es una limitante que impide acceder a datos estadísticos con prontitud. No obstante, la Policía solo dispone de información para el tema de homicidios y otras muertes violentas en el país. • El IAIP ha desarrollado una metodología contenida en los Lineamientos para verificar información pública en portales de transparencia de la administración pública centralizada y descentralizada que le permite evaluar el cumplimiento de la información requerida de oficio por la LTAIP. Igualmente, la metodología evalúa la calidad de la información publicada con relación a los requerimientos de la Ley que se trate de información completa, veraz, adecuada y oportuna. • El Portal Único de Transparencia y del sitio web de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisición del Estado (ONCAE), publica información sobre el tema de compras y contrataciones, salvo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. • Se destaca que en el marco de este informe no se encontró información relativa a las compras y contratos en el marco de la Ley de Seguridad Poblacional, ni de la Ley de Fideicomiso para la Administración del Fondo de Protección y Seguridad Poblacional; es decir que las compras de este Fideicomiso no están publicadas en ningún portal: ni en Honducompras, ni en el Portal Único de Transparencia. • En el caso de Honduras, los funcionarios públicos deben presentar por ley una declaración anual de ingresos, activos y pasivos; sin embargo, existe prohibición de su publicidad, lo cual es incompatible con el requerimiento de la rendición de cuentas de los funcionarios y empleados públicos como medida para la detección y prevención de conflictos de interés y para detectar posibles casos de enriquecimiento ilícito. Por otra parte, el Tribunal Superior de Cuentas no conto con un verdadero y eficaz mecanismo de verificación y seguimiento de las declaraciones juradas, lo cual limita la confiabilidad de la información

https://www.wola.org/wp-content/uploads/2020/01/Transparencia-HN-ESP-UPDATED-1.31.pdf Favor pinchar el enlace para conocer los hallazgos de WOLA, et al.

lunes, 18 de octubre de 2021

PERSPECTIVAS LABORALES

 

La pandemia de COVID-19 ha acentuado distorsiones que se manifestaban antes de su irrupción. Algunas brechas es preciso enfrentar antes de que se profundice el deterioro de las condiciones de trabajo son:

Empleo: Carecer de empleo, es estar privado de ingreso.  Las metas de pleno empleo son ideales y se logran con la aplicación de una combinación de múltiples políticas públicas y privadas. La discriminación del trabajo comienza con el acceso o no a un empleo digno. Y se utilizan numerosos criterios de descalificación que deben reducirse o desaparecer.

Salarios: Las diferenciaciones salariales para ocupaciones similares, también constituyen otra arista de discriminación que es preciso continuar trabajando para reducir su impacto dañino.

Previsión social: Dependiendo de los contextos, la previsión social es un beneficio escaso para la mayoría de las poblaciones del planeta.

Salud: En general, los trabajadores no están protegidos en su salud para enfermedades profesionales o de cualquier otra índole. Tampoco, existe garantía de la adecuada protección en caso de recurrentes epidemias o pandemias.

Tecnología: La brecha tecnológica y particularmente la digital impide la apropiada educación formal o técnica, que garantice la oferta de trabajo presente y futura. A pesar de haberse desarrollado vacunas efectivas contra COVID-19 en tiempo récord, el incompleto nivel de vacunación ha postergado el retorno a centros de trabajo y a las clases presenciales. Altos costos de la educación superior deben ser objeto de especial consideración.

Educación complementaria: Bajos niveles de educación han provocado y causan gastos excesivos en publicidad para que las poblaciones respeten las medidas de bioseguridad necesarias para la contención de los contagios. También, la propagación de noticias falsas respecto a las vacunas ha impedido mayor rapidez en las inoculaciones.

Actualización: Referida a los ocupantes de puestos de trabajo y a quienes en edad adulta desean y están en condiciones de retornar al mercado de trabajo.

Organización del trabajo: La aplicación de medidas de bioseguridad ha modificado rutinas y métodos de trabajo, que han llegado para quedarse.

Seguridad ocupacional: La pandemia ha incrementado las medidas que es necesario tomar para reducir el riesgo de contagio.

Curva demográfica: Países con escaso crecimiento y renovación poblacional tendrán que recurrir a contextos con población excedentaria.

El contexto del mercado laboral se ha tornado más complejo con retos que se han profundizado:

Migración: Los flujos migratorios planetarios continuarán aumentando en número, frecuencia y volumen. En este tema, las políticas planetarias deberán procurar mantener el respeto a los derechos humanos de los migrantes y la reducción de la discriminación.

Conectividad: El teletrabajo catapultado por la pandemia, llegó para quedarse. Falta ser apropiadamente regulado.

Ingreso Básico Universal: Propuesto para que las poblaciones cuenten con un ingreso mínimo garantizado. En este caso lo crucial es definir y asegurar su financiamiento y sostenibilidad.

Vulnerabilidad: Disminuirla en grupos específicos como discapacitados, niños, trabajadoras del sexo; y los integrantes de la diversidad sexual.

Cambio climático: Ocupaciones en la agricultura, construcción y otras actividades económicas que requieren exposición a un ambiente cada vez más hostil. Las altas temperaturas están afectando la vida y el trabajo en general.

Pueden diseñarse ejes transversales, pero las soluciones de las condiciones laborales a nivel global deberán considerar las características regionales, nacionales y locales. Alrededor del tema del trabajo, particularmente empleo e ingreso, deberán construirse las políticas que aseguren el desarrollo sustentable.

 

domingo, 26 de septiembre de 2021

FORMALIDAD Y GRADUALIDAD

 La Ley de Reforma Agraria de Honduras de 1972 indica: “Artículo 4. Para los efectos de la presente Ley, es entendido que la Reforma Agraria persigue reunir preferentemente en una misma persona las condiciones de propietario, empresario y trabajador.”

Los tecnócratas del sector agrícola durante décadas se acostumbraron a conceptos de integralidad, gradualidad y formalidad.  Luego los mismos términos se fueron aplicando a las mipymes hasta convertirse en una concepción que abarca amplios sectores de la economía.

Cuando las cifras de empleo revelan un 45% de empleados por cuenta propia, se concluye que las políticas públicas que han prevalecido durante 50 años han logrado muy poco en términos de alcanzar la ansiada formalidad.

Los buenos deseos de los diseñadores de políticas públicas para la agricultura, las mipymes y otros sectores se han encontrado con que la lógica económica de aquellos que necesitan un empleo y un ingreso para sobrevivir, no están en condiciones de esperar la creación de puestos de trabajo con todas las condiciones que ofrece la formalidad cuando la urgencia de satisfacer necesidades es inmediata. Lo más práctico ha sido crear adentro y afuera del país, las propias oportunidades para generar los ingentes ingresos.

Intentar transformar el empleo informal de casi la mitad de la población económicamente activa, tiene un costo enorme, tanto para el gobierno como para la mayoría de los creadores de empleos formales: el sector privado.

Es deseable alcanzar la condición de formalidad plena. Pero, en el afán de buscar denodadamente esa meta, se han obviado esquemas que pueden considerarse semi formales. Es decir, convenios en donde tanto empresas como trabajadores, alcancen un nivel intermedio de formalidad con una combinación de políticas públicas (incentivos); contribución privada e incrementos en la productividad laboral.

Por otro lado, no toda la fuerza de trabajo busca un puesto creado por alguien más. Las mipymes demuestran todos los días, que millares de personas buscan resolver como emprendedores, aquello que la economía no está en posición de ofrecerle. Ellos también, requieren ser estimulados.