La Comisión Nacional de Bancos
y Seguros (CNBS), administra la Central de Información Crediticia (CIC), que
registra información de personas naturales y jurídicas que adquieren
compromisos u obligaciones crediticias, con las intermediarias supervisadas, en
su condición de deudores, codeudores, avales o fiadores. Estos datos consolidados
son proporcionados por las entidades intermediarias.
En este registro están los ciudadanos
que adquieren créditos en el sistema financiero supervisado. Las intermediarias supervisadas deben reportar
a la CIC el 100% de operaciones otorgadas.
El score crediticio del
usuario puede ser deficiente dependiendo de su comportamiento al honrar los
compromisos adquiridos. Bancos, financieras, instituciones de seguros, emisoras
de tarjeta de crédito y otros negocios reportan mensualmente los saldos o
estados de las deudas a la CIC.
Las entidades tienen acceso a
la plataforma para verificar el historial del cliente. El estado de la deuda puede
ser vigente, en mora, vencida, en ejecución judicial o castigada.
Estar registrado en la CIC, no
es el único criterio que utiliza una entidad financiera para otorgar un
crédito; también utilizan las cinco C’s del crédito (carácter, capacidad,
capital, colateral y condiciones); su comportamiento ante responsabilidades
adquiridas, así como las políticas internas para otorgar o no ese beneficio a
sus clientes y la debida diligencia que se exige conocer a sus clientes.
Existen diferentes factores a
considerar para la permanencia de datos en la CIC, por ejemplo, si el historial
crediticio es favorable “deberá revelarse a través del informe confidencial de
manera permanente”, es decir sí el cliente paga las deudas en tiempo y forma,
el buen récord crediticio se mantiene y sirve como carta de presentación para solicitar
nuevos financiamientos, ante las entidades financieras.
Sí la información crediticia
es adversa, pero paga la totalidad de la deuda, su estatus crediticio permanece
exhibido por un período de dos años en la CIC. Al cumplir este periodo y a
partir de la fecha de pago de la totalidad de lo adeudado, quedará limpio su récord
crediticio.
En caso de no saldar la deuda,
la información estará visible por un período máximo de cinco años, contados a
partir de los 90 días de atraso para cualquier tipo de crédito. En los
préstamos para vivienda se cuenta a partir de 180 días.
Los créditos con montos de
hasta 50 dólares o su equivalente en lempiras que tengan más de 90 días de
mora, no se reflejan en el informe de la CIC, y no deberían afectar el acceso a
un nuevo financiamiento.
Sí una persona sirvió de aval
o fiador y canceló la deuda, a partir de la fecha de cancelación, toda la
historia de esa operación no se muestra, pero el deudor directo sí permanece
reportado por dos años. De no ser pagada la deuda, ambos permanecen con información
adversa.
Si una persona ha sido
condenada por delito financiero “la eliminación del historial crediticio no
aplicará”.
La CIC de la CNBS, recibe
reportes de créditos otorgados en el sistema financiero supervisado (47 entidades).
En las dos centrales privadas
existentes (TRANSUNION y EQUIFAX) registran, además, información de negocios,
almacenes y establecimientos comerciales, así como empresas de servicios
públicos.
Pueden revisarse sus reglas,
pero pretender eliminar las centrales de riesgo con fines de ‘inclusión
financiera’ solo hará más complicado el proceso de crédito; los entes
financieros intermediarios o no tendrán mayores costos que trasladarán a los
clientes; y los requisitos no cambiarán. Las centrales de riesgo no solo son
útiles para los entes intermediarios y prestamistas, también lo son para
depositantes e inversionistas.