jueves, 18 de septiembre de 2025

CENTRALES DE RIESGO CREDITICIAS

 

La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), administra la Central de Información Crediticia (CIC), que registra información de personas naturales y jurídicas que adquieren compromisos u obligaciones crediticias, con las intermediarias supervisadas, en su condición de deudores, codeudores, avales o fiadores. Estos datos consolidados son proporcionados por las entidades intermediarias.

En este registro están los ciudadanos que adquieren créditos en el sistema financiero supervisado.  Las intermediarias supervisadas deben reportar a la CIC el 100% de operaciones otorgadas.

El score crediticio del usuario puede ser deficiente dependiendo de su comportamiento al honrar los compromisos adquiridos. Bancos, financieras, instituciones de seguros, emisoras de tarjeta de crédito y otros negocios reportan mensualmente los saldos o estados de las deudas a la CIC.

Las entidades tienen acceso a la plataforma para verificar el historial del cliente. El estado de la deuda puede ser vigente, en mora, vencida, en ejecución judicial o castigada.

Estar registrado en la CIC, no es el único criterio que utiliza una entidad financiera para otorgar un crédito; también utilizan las cinco C’s del crédito (carácter, capacidad, capital, colateral y condiciones); su comportamiento ante responsabilidades adquiridas, así como las políticas internas para otorgar o no ese beneficio a sus clientes y la debida diligencia que se exige conocer a sus clientes.

Existen diferentes factores a considerar para la permanencia de datos en la CIC, por ejemplo, si el historial crediticio es favorable “deberá revelarse a través del informe confidencial de manera permanente”, es decir sí el cliente paga las deudas en tiempo y forma, el buen récord crediticio se mantiene y sirve como carta de presentación para solicitar nuevos financiamientos, ante las entidades financieras.

Sí la información crediticia es adversa, pero paga la totalidad de la deuda, su estatus crediticio permanece exhibido por un período de dos años en la CIC. Al cumplir este periodo y a partir de la fecha de pago de la totalidad de lo adeudado, quedará limpio su récord crediticio.

En caso de no saldar la deuda, la información estará visible por un período máximo de cinco años, contados a partir de los 90 días de atraso para cualquier tipo de crédito. En los préstamos para vivienda se cuenta a partir de 180 días.

Los créditos con montos de hasta 50 dólares o su equivalente en lempiras que tengan más de 90 días de mora, no se reflejan en el informe de la CIC, y no deberían afectar el acceso a un nuevo financiamiento.

Sí una persona sirvió de aval o fiador y canceló la deuda, a partir de la fecha de cancelación, toda la historia de esa operación no se muestra, pero el deudor directo sí permanece reportado por dos años. De no ser pagada la deuda, ambos permanecen con información adversa.

Si una persona ha sido condenada por delito financiero “la eliminación del historial crediticio no aplicará”.

La CIC de la CNBS, recibe reportes de créditos otorgados en el sistema financiero supervisado (47 entidades).

En las dos centrales privadas existentes (TRANSUNION y EQUIFAX) registran, además, información de negocios, almacenes y establecimientos comerciales, así como empresas de servicios públicos.

Pueden revisarse sus reglas, pero pretender eliminar las centrales de riesgo con fines de ‘inclusión financiera’ solo hará más complicado el proceso de crédito; los entes financieros intermediarios o no tendrán mayores costos que trasladarán a los clientes; y los requisitos no cambiarán. Las centrales de riesgo no solo son útiles para los entes intermediarios y prestamistas, también lo son para depositantes e inversionistas.