¿Cuántos empleos ha creado en su vida el jefe de Zaqueo? Desde
que en 2009 incrementó el salario mínimo en 60%, las empresas y empleos
formales que se perdieron, en numerosos casos no volvieron a recuperarse y su
impacto adverso fue de manera permanente.
De vuelta al poder en 2022, ha reiniciado con mayor fuerza su
obsesión por destruir empresas y empleos. Desde la derogación de la Ley de
Empleo por Hora. Esa obcecación destructiva quizás se asocia con lo mejor que
ha hecho en su vida: derribar árboles, que le permitió ser presidente de AMADHO
y que en tal condición en 1991 indicó: “No somos los
madereros los que destruimos el bosque”.
El gobierno vuelve a la carga con el anteproyecto de Ley de
Justicia Tributaria, mientras con el mayor de los descaros sus funcionarios
hacen alarde de despilfarro de los fondos públicos con sueldos elevados, carros
de lujo, viajes innecesarios, guardaespaldas, devengando sin trabajar, celebrando
un deslucido y perturbador segundo aniversario, etc. Ni por asomo muestran austeridad
para vender un ‘instrumento’ impositivo con cartas abiertas y escondidas, pues
nunca se comprometieron a confirmar que las remesas no serían gravadas pues les
allegaría L30,000 millones anuales adicionales de ingresos de la mayoría de
pobres que han huido.
Por otro lado, los colegas políticos de Zaqueo jefe, partiendo de
información suministrada por SAR en 2021 no evidencian inclinación alguna por
cumplir con sus obligaciones tributarias y el proyecto extractor ni siquiera
los menciona.
La batería de nuevos instrumentos que estableció quien con propósito
febril creyó eternizar en el poder de la nación, creó impuestos y fomentó el ‘terrorismo
tributario’ que también cerró empresas y eliminó empleos y a su vez ha
permitido un elefantiásico presupuesto nacional que se duplicó al pasar de L.183,635
millones en 2014 a L.360,506 en 2022.
El mencionado proyecto soslaya la interpretación hermenéutica de un
par de considerandos del Código Tributario que se recuerdan a continuación:
“CONSIDERANDO: Que de conformidad al
Artículo 351 de la Constitución de la República, el Sistema Tributario Nacional
se debe regir por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y
equidad, de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 328 de la Constitución de la
República establece que el sistema económico de Honduras se fundamenta en
principios de eficiencia en la producción, de justicia social, en la
distribución de la riqueza e ingreso nacional y coexistencia armónica de los
factores de la producción que hagan posible la dignificación del trabajo, como
fuente principal de la riqueza y como medio de realización de la persona
humana.”
Como se señaló recientemente, los hechos son evidentes. Los
gestos no pasan de ser parte del lenguaje del cuerpo.
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