Los precios determinados de manera discrecional y que
responden a negociaciones entre el gobierno y productores o proveedores de servicios
caen dentro del concepto de los denominados precios administrados.
Cuando la fijación del precio de un bien o servicio responde
a fórmulas acordadas entre las autoridades y para el caso, los concesionarios
de un bien o servicio de propiedad pública, lo que se busca es obtener un
precio constante (real) o un monto meta que garantice cualquier evento
inesperado y casualmente contribuya a encubrir ineficiencias que,
infortunadamente deben absorber los consumidores finales.
Los principios del libre mercado y la noción de la ley de
oferta y demanda desaparecen cuando los beneficiarios de una concesión se
escudan en la santidad de una fórmula secreta que sólo unos cuantos conocen,
cuando los afectados deberían ser los primeros en enterarse, para hacer sus planificaciones
anuales o simplemente con el objeto de saber a qué atenerse.
Conforme a cifras del Banco Central de Honduras, entre el
período 2009 a 2018 el incremento promedio del índice de Precios al Consumidor,
con base 100=1999, fue de 51%. Eso
significa para las empresas que no están dentro de la lista de privilegiadas
que funcionan con precios administrados, así como para quienes reciben ingresos
fijos en la forma de salarios, alquileres o rentas, que la circunstancia se
reduce a una constante disminución de sus entradas y, en consecuencia, la
reducción de su poder adquisitivo.
Los precios administrados que conocemos en Honduras tienen
una tendencia única: el alza. Y, sí dentro de la conformación del precio del
producto o servicio con tal característica, existen elementos tributarios como
el impuesto sobre ventas, es posible imaginar la conveniencia entre concedente
y concesionarios en la existencia de mecanismos que aseguren ingresos
crecientes, independientemente de la capacidad de pago de los consumidores.
Esquemas de precios administrados de productos y servicios serían
más convenientes en aquellas actividades económicas cercanas a la libre
competencia, en lugar de reservarlos para negocios que, con la bendición del
gobierno, quien les otorga beneficios generosos por períodos de hasta 30 años, ya
están ubicados en actividades con características altamente monopólicas.
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