sábado, 30 de octubre de 2021

LA TRANSPARENCIA EN HONDURAS

 HALLAZGOS CLAVE • El acceso a información pública es un derecho, reconocido tanto en convenciones internacionales, la legislación nacional y en general en las políticas públicas de muchos países. No obstante, está en debate los alcances de la denominada “información limitada” o de “acceso reservado”, especialmente la relativa a las áreas de defensa y seguridad. • Honduras asume como obligatoria la transparencia activa y el principio de máxima divulgación de la información, estableciendo que todas las instituciones que administren recursos públicos están obligadas de oficio a la publicidad de la información y a facilitar el acceso a través de portales web y cualquier otro mecanismo. Existe un Portal Único de Transparencia que, al cierre del periodo de estudio, contenía información de 206 instituciones obligadas. • Para facilitar las peticiones del acceso a información por parte de la ciudadanía, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) creó y administra un Sistema de Información Electrónico de Honduras (SIELHO). El sistema no está automatizado y por lo tanto no arroja estadísticas de manera directa, ni ningún otro cruce para analizar la demanda de transparencia pasiva. Desde los informes anuales del IAIP, en el 2016 y 20172 se presentaron un total de 5,751 solicitudes de acceso a información pública ante las instituciones directamente obligadas, no obstante no se tienen datos desagregados para las carteras de defensa y seguridad. • La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) es el instrumento nacional que define lo concerniente a las restricciones del derecho de acceso a información y ha desarrollado políticas y estándares a través del IAIP para la clasificación y desclasificación de la información reservada. No obstante, el gobierno de Honduras en los últimos años ha dictado contrarreformas normativas de secretividad de la información sin considerar los lineamientos del IAIP y generando de forma expresa un manto de oscuridad para la información pública de las carteras del sector defensa y seguridad (incluyendo la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas) y que ha ido extendiendo a otras áreas no relacionadas en 18 instituciones civiles. • Acceder a datos de las fuerzas armadas es una tarea difícil dada la vigencia de marcos legales que establecen criterios restrictivos para denegar la información solicitada. Algunas de las leyes restrictivas son la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional, Ley de Inteligencia Nacional, Ley de Seguridad Poblacional y la Ley de Fideicomiso para la Administración del Fondo de Protección y Seguridad Poblacional. • Las contrarreformas en materia de acceso a información tienen la característica de estar centralizadas en el Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS), los cuales asumen las facultades del IAIP de clasificación y desclasificación de información. • Estos retrocesos en el derecho de acceso a información pública han generado opacidad sobre las políticas, programas, proyectos, compras y contrataciones y otros asuntos en las carteras de defensa y seguridad, afectado la capacidad investigativa sobre casos de corrupción y violaciones de derechos humanos, y limitado significativamente la auditoria social de la ciudadanía.

• La información obligatoria de las Secretarías de Estado de Defensa y Seguridad, del Ministerio Público y del Poder Judicial no están disponibles en sus páginas institucionales como tal, pero sí a través del Portal Único de Transparencia del IAIP, lo cual es una limitante para el usuario de información que acude a la fuente directa de los datos. • También se detectó que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas de Honduras no tienen información alguna publicada en el Portal Único sobre la información requerida de oficio. Igualmente, para estas instituciones no aparece el índice requerido por la ley sobre temas declarados bajo reserva y clasificación de información. • Salvo el caso de la Policía Nacional, ninguna de las instituciones de los sectores defensa, seguridad y justicia cuenta con bases de datos de información automatizadas. La no automatización de las estadísticas es una limitante que impide acceder a datos estadísticos con prontitud. No obstante, la Policía solo dispone de información para el tema de homicidios y otras muertes violentas en el país. • El IAIP ha desarrollado una metodología contenida en los Lineamientos para verificar información pública en portales de transparencia de la administración pública centralizada y descentralizada que le permite evaluar el cumplimiento de la información requerida de oficio por la LTAIP. Igualmente, la metodología evalúa la calidad de la información publicada con relación a los requerimientos de la Ley que se trate de información completa, veraz, adecuada y oportuna. • El Portal Único de Transparencia y del sitio web de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisición del Estado (ONCAE), publica información sobre el tema de compras y contrataciones, salvo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. • Se destaca que en el marco de este informe no se encontró información relativa a las compras y contratos en el marco de la Ley de Seguridad Poblacional, ni de la Ley de Fideicomiso para la Administración del Fondo de Protección y Seguridad Poblacional; es decir que las compras de este Fideicomiso no están publicadas en ningún portal: ni en Honducompras, ni en el Portal Único de Transparencia. • En el caso de Honduras, los funcionarios públicos deben presentar por ley una declaración anual de ingresos, activos y pasivos; sin embargo, existe prohibición de su publicidad, lo cual es incompatible con el requerimiento de la rendición de cuentas de los funcionarios y empleados públicos como medida para la detección y prevención de conflictos de interés y para detectar posibles casos de enriquecimiento ilícito. Por otra parte, el Tribunal Superior de Cuentas no conto con un verdadero y eficaz mecanismo de verificación y seguimiento de las declaraciones juradas, lo cual limita la confiabilidad de la información

https://www.wola.org/wp-content/uploads/2020/01/Transparencia-HN-ESP-UPDATED-1.31.pdf Favor pinchar el enlace para conocer los hallazgos de WOLA, et al.

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