lunes, 24 de junio de 2024

MARCO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL

 


Honduras cuenta con el Plan Nacional de Gobierno Digital, 2023-2026  Plan de Gobierno Digital Honduras.pdf (diger.gob.hn) que, basado en documentos marco nacionales e internacionales (OCDE, BID, CEPAL, SICA y otros) se formuló para enfrentar los desafíos de la Inteligencia Artificial y evitar profundizar la brecha de competitividad que ya existe a nivel mundial. El Índice de Gobierno Electrónico de Naciones Unidas, EDGI por sus siglas en inglés en el año 2022 ubicó al país en la posición de 155/193 países analizados y la puntuación de 0.3940, denotando el importante rezago en el mundo. Honduras a nivel centroamericano se sitúa en el último lugar. El tema académico de la IA era abordado en 2023 por UPN, UNITEC y UTH.

El panorama: falta de institucionalidad; ausencia de liderazgo claro de una institución rectora que guíe al resto de entidades en modernización, simplificación de trámites, digitalización de servicios y uso compartido de plataformas tecnológicas; casi nula planificación tecnológica y en sistemas de evaluación y seguimiento de proyectos; ausencia de inventario de proyectos TIC;  falta de Planes de Sistemas o Gobernanza Tecnológica, en la creación de normas, guías y estándares de obligado cumplimiento para la administración pública.

Los equipos de TI de las instituciones del estado difieren en tamaño y nivel de especialización dependiendo de la institución de que se trate. Los recursos que poseen y la capacidad tecnológica son dos determinantes claves, encontrándose instituciones muy maduras tecnológicamente, y otras que se encuentran en un estado más inicial en sus equipos y que poseen menos habilidades específicas en áreas como ciberseguridad, infraestructura tecnológica, analítica y datos o sistemas

En cuanto a arquitectura tecnológica, las instituciones deben realizar mayores esfuerzos para unificar los diseños y establecer decisiones estratégicas que deberían estar coordinadas a nivel nacional (qué tipo de tecnología usar, gestión de licencias, etc.). Especialmente importantes son los estándares para el diseño de aplicaciones tecnológicas y definir sistemas de seguridad de las instituciones.

La gestión de datos es otra de las piezas que debe ser reforzada por medio de una ley que asegure la privacidad e integridad de los datos tanto para el sector público como privado.

Respecto a la presencia en línea, aunque las instituciones poseen servicios en línea y páginas web institucionales, no se consideran productos finales, sino más bien algún tipo de servicio inicial para el ciudadano como información sobre los trámites, formularios para descarga, etc.

En interoperabilidad, las entidades también se encuentran en un estado muy inicial. Aunque algunas afirman consumir datos de otras entidades no existe una verdadera interoperabilidad mediante una plataforma o bus de interoperabilidad que permita evitar duplicidad y reducir la tramitología.

La innovación tecnológica, no se realiza y no es tenida en cuenta por las instituciones, ya que no disponen de recursos ni capacidades para la misma, considerándose una actividad riesgosa con beneficios inciertos.

España, con fecha 21 de junio de 2024 ha emitido la Disposición 12633 del BOE núm. 150 de 2024 con algunas características que pueden adaptarse considerando las distancias:

1.     Un consejo asesor en IA como órgano colegiado para el despliegue de una IA inclusiva, que siente las bases del desarrollo ético de la IA.

2.     Adscripción: Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación de Honduras.

3.     Asesorar en:

a)     Mejores prácticas internacionales; b) Visión integral del conocimiento académico en cada materia; c) actualización de la estrategia; evaluación de impacto en la industria, administración y sociedad; desarrollar las bases de la supervisión de IA.

4.     Integración: presidente con credenciales en el tema y de 5 a 12 vocales no vinculados al gobierno: secretaría, la SNCTI.

5.     Funciones del Consejo

6.     Funciones de la presidencia y la secretaría, así como cesación.

7.     Medios personales y materiales a cargo de la SNCTI.

8.     Presupuesto: miembros del consejo no recibirán emolumentos.

 

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