El 8 de junio de 2017, el Tribunal Supremo Electoral de Honduras
con base en lo estipulado en la Ley de Financiamiento, Transparencia y
Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos (Ley de Política Limpia) publicó
los techos para campaña electoral en los tres niveles electivos presentes en el
escenario electoral de la campaña que culminará en noviembre de 2017.
Los topes por candidato son: nivel presidencial, L. 470
millones; diputados: entre L. 2.9 millones y L.4.5 millones; y corporaciones
municipales: entre L. 115 mil y L.66.2 millones.
Los principios que rectoran la política limpia de la función
electoral, particularmente los concernientes a la trasparencia y equidad, se
desploman desde el momento en que el partido en el poder propugna por la
reelección presidencial en un contexto de inconstitucionalidad, ilegalidad y
con el manifiesto control de todos los entes administradores del estado, por
ahora, al servicio del proyecto reeleccionista que se ha venido fraguando desde
el año 2013.
Cuando los diputados a la Asamblea Nacional Constituyente de
1980, plasmaron en la Constitución de la República de Honduras la prohibición de
la reelección presidencial, tomaron en cuenta la historia política hondureña;
la inmadurez de los dirigentes políticos; y el nivel de educación y cultura
política de un pueblo que aún requiere consolidar la identidad de sus valores
fundamentales.
La oposición política en Honduras se encamina a unas
elecciones generales en condiciones de abismal desigualdad. El Poder Ejecutivo,
encabezado por su presidente mantiene control sobre 95% del presupuesto general
de la República (L.228 mil millones o US$10 mil millones). Aparte, están
disponibles para la campaña oficialista los equipos muebles e inmuebles del
gobierno.
Además, los titulares de los poderes ejecutivo y legislativo
administran cuantiosos recursos financieros con carácter “confidencial”, por
los cuales no rinden cuenta a nadie. En el ejecutivo son de particular
importancia: 1) La partida confidencial de la Presidencia; 2) La denominada
“tasa de seguridad”; y 3) Los recursos provenientes de la aplicación de la ley
contra el lavado de activos.
La discrecionalidad del partido en el poder continúa con las
denominadas transferencias condicionadas que alcanzan L. 27 mil millones,
utilizadas de manera selectiva y sectaria; y el otorgamiento de subsidios
focalizados a grupos gremiales, empresas e individuos comprometidos con el
reeleccionismo que también pretende el control del congreso nacional y de las
corporaciones municipales.
Finalmente, las maniobras del ejecutivo estarán poniendo en
riesgo próximamente cerca de L.50 mil millones, fruto de los ahorros de los
aportantes de los institutos de previsión públicos del país con la pretendida
aplicación de la denominada Ley de inclusión financiera y de consolidación de
deudas.
En síntesis, el financiamiento de la reelección cuenta como
origen los recursos públicos y ajenos y como destino, aquellos que están
comprometidos en apoyarla. En tales condiciones, los topes de financiamiento de
la política limpia resultan ser cantidades nimias comparadas con la enorme suma
de recursos oficialistas, ignorados en el esquema “limpio”. La denominación de
política limpia constituye entonces, una argucia más para someter a la
oposición al enanismo financiero.
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