El derecho económico surgió en Honduras como extensión de su
adopción en países vinculados política y económicamente a la nación hondureña,
así como a las demandas sociales de la década de los años 50 del siglo pasado.
Las justificaciones y los hitos para la aplicación del derecho económico y sus
resultados han sido:
1. Enfrentar calamidades económicas
resultado de las guerras mundiales.
2. Necesidad de los Estados a
intervenir la economía para moderar los efectos de la gran depresión.
3. Urgencia para mitigar los
efectos de los excesos de las fuerzas del mercado y procurar la equidad y el
bien común.
4. En Honduras, inició con la
Constitución Política de 1936; se acentuó en la Constitución de 1957; se
profundizó con las acciones de política adoptadas por los gobiernos militares,
principalmente entre 1973 y 1978 y
empezó su proceso de desincorporación con la Constitución de 1982 y su
normativa secundaria.
5. La importancia del Estado en la
economía medida como la proporción del gasto público sobre el PIB, no ha superado
el 22% desde 1990.
6. Las normas derivadas de la Constitución
de 1982 han observado avances y
retrocesos de intervención con una tendencia sostenida hacia la desincorporación.
7. La desincorporación del Estado
en la economía repercute en recursos disminuidos para los programas sociales y
de seguridad que debe asumir el Estado con ingresos reducidos.
8. El reducido rol del Estado en la
economía, repercute en una planificación menos efectiva, pues su carácter
compulsivo se focaliza en una porción cada vez más pequeña de la misma.
9. Puesto que la desincorporación
de empresas y servicios del gobierno es a título de arrendamiento, los
contratos deben prever que los objetivos y metas de lo arrendado/concesionado
respondan a los objetivos y metas de la visión de país y los planes nacionales
de desarrollo.
10. La satanización de la eficiencia
administrativa del Estado, puede corregirse con nuevas concepciones de la
administración pública que garanticen la viabilidad de las empresas y servicios
del Estado. Los elementos materiales del derecho económico deben mantener sus
principios de justicia y equidad y evitar la agudización de conflictos dentro
de la sociedad hondureña.
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