martes, 7 de junio de 2016

DISCRECIONALIDAD

En las relaciones entre personas y el Estado, la discrecionalidad de los empleados y funcionarios públicos genera un espacio que culmina en acciones corruptas. El establecimiento de sanciones y su condición progresiva se utiliza para disuadir a los sujetos pasivos a reincidir en su desobediencia a cumplir la ley. La amplia potestad a los oficiales públicos da lugar a injusticias.
En el campo administrativo, se establecen sanciones pecuniarias o de otro tipo que imponen penas con rangos de 1000 por ciento (10-100) entre un límite mínimo y un extremo máximo; o lapsos de cierre de un establecimiento entre 1 y 15 días. Ambos esquemas inducen a quien impone la sanción, establecer como punto de negociación el valor máximo y estimula al sancionado proponer un valor inferior, acompañado de un soborno.
En cuanto al ámbito de justicia, las penas para delitos con rangos temporales y fianzas de tamaño amplio, facilitan la negociación entre las partes para su reducción y de nuevo surge la posibilidad de aliviar los castigos con el expediente del cohecho.
La fuente de la discrecionalidad está en la norma que la establece y en la predisposición hacia conductas corruptas de quien la ejecuta. Por ello, reducir la potestad punitiva en la aplicación de penas por parte de operadores administrativos y judiciales, contribuirá a disminuir las acciones discriminatorias que generan, puesto que, resulta en penas diferentes para la misma infracción o similar delito, dependiendo de la capacidad de pago del sancionado para reducir los castigos o las penas que corresponde en igualdad de condiciones.
El diseño de sanciones que estimulan la inequidad puede conducir a situaciones de injusticia social e irracionalidad económica. Para el caso, el cierre de un establecimiento como penalidad sólo debería ser considerado para situaciones extremas como evitar amenazas a la vida, la salud y la seguridad de las personas. Interrumpir el funcionamiento normal de un negocio, atenta contra los intereses de los propietarios, empleados, proveedores, consumidores y hasta de los mismos operadores que imponen una pena desproporcional y contraproducente.

En condiciones económicas de precario desempeño y con un alto nivel de desempleo, el cierre de negocios es una aberración y los gremios empresariales deberían demandar a las autoridades correspondientes la reducción/eliminación de la discrecionalidad en la aplicación de sanciones a infracciones en todos los ámbitos.  

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