En las relaciones entre personas y
el Estado, la discrecionalidad de los empleados y funcionarios públicos genera
un espacio que culmina en acciones corruptas. El establecimiento de sanciones y
su condición progresiva se utiliza para disuadir a los sujetos pasivos a
reincidir en su desobediencia a cumplir la ley. La amplia potestad a los
oficiales públicos da lugar a injusticias.
En el campo administrativo, se establecen
sanciones pecuniarias o de otro tipo que imponen penas con rangos de 1000 por
ciento (10-100) entre un límite mínimo y un extremo máximo; o lapsos de cierre
de un establecimiento entre 1 y 15 días. Ambos esquemas inducen a quien impone
la sanción, establecer como punto de negociación el valor máximo y estimula al
sancionado proponer un valor inferior, acompañado de un soborno.
En cuanto al ámbito de justicia,
las penas para delitos con rangos temporales y fianzas de tamaño amplio,
facilitan la negociación entre las partes para su reducción y de nuevo surge la
posibilidad de aliviar los castigos con el expediente del cohecho.
La fuente de la discrecionalidad
está en la norma que la establece y en la predisposición hacia conductas
corruptas de quien la ejecuta. Por ello, reducir la potestad punitiva en la
aplicación de penas por parte de operadores administrativos y judiciales,
contribuirá a disminuir las acciones discriminatorias que generan, puesto que, resulta
en penas diferentes para la misma infracción o similar delito, dependiendo de
la capacidad de pago del sancionado para reducir los castigos o las penas que
corresponde en igualdad de condiciones.
El diseño de sanciones que
estimulan la inequidad puede conducir a situaciones de injusticia social e irracionalidad
económica. Para el caso, el cierre de un establecimiento como penalidad sólo
debería ser considerado para situaciones extremas como evitar amenazas a la
vida, la salud y la seguridad de las personas. Interrumpir el funcionamiento
normal de un negocio, atenta contra los intereses de los propietarios,
empleados, proveedores, consumidores y hasta de los mismos operadores que
imponen una pena desproporcional y contraproducente.
En condiciones económicas de precario
desempeño y con un alto nivel de desempleo, el cierre de negocios es una aberración
y los gremios empresariales deberían demandar a las autoridades
correspondientes la reducción/eliminación de la discrecionalidad en la
aplicación de sanciones a infracciones en todos los ámbitos.
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